Condiciones cuarentena personas procedentes de determinados países

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Publicado por
Isabel Teruel el 2 agosto 2021 a las 09:46

 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba de publicar la Orden SND/821/2021, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden SND/791/2021, de 23 de julio, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, considerando países de alto riesgo Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Namibia y Sudáfrica, y  producirá efectos desde las 00:00 horas del 3 de agosto de 2021.

Resaltamos:

Primero. Modificación de los países de alto riesgo.

Se modifica el apartado segundo de la Orden SND/791/2021, de 23 de julio, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que queda redactado de la siguiente manera:

«En base a su evolución epidemiológica, se consideran como países de alto riesgo los siguientes:

– República Argentina.

– Estado Plurinacional de Bolivia.

– República Federativa de Brasil.

– República de Colombia.

– República de Namibia.

– República de Sudáfrica.»

(…)

Tercero. Efectos.

Esta orden surtirá efectos a partir las 00:00 horas del 3 de agosto de 2021.

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