Instrucciones Secretaría de Estado (SEM) 2/2026 sobre transición desde persona beneficiaria de protección temporal 

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Publicado por
Isabel Teruel el 25 junio 2026 a las 09:42

La Secretaría de Estado de Migraciones (SEM) acaba de publicar las Instrucciones SEM 2/2026 sobre la transición desde el estatus de persona beneficiaria de protección temporal al amparo de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, hacia otras autorizaciones, que pueden descargar a continuación:

y abordan los siguientes aspectos:

PRIMERA. Modificación a una autorización de residencia temporal y trabajo conforme al artículo 191 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.

SEGUNDA. Solicitud de una autorización de residencia temporal por razón de arraigo conforme al artículo 125 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.

TERCERA. Personas menores de edad titulares de una autorización de residencia concedida al amparo de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022.

CUARTA. Personas titulares de una autorización de residencia concedida al amparo de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, que estén cursando estudios.

QUINTA. Autorizaciones previstas en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre susceptibles de solicitud en territorio nacional.

SEXTA. Acceso a la residencia de larga duración nacional.

SÉPTIMA. Procedimiento de transición desde una autorización de residencia concedida al amparo de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, hacia la nueva autorización de residencia.

* Información obtenida a través del apartado específico sobre normativa e instrucciones portal web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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